27.9 C
Santo Domingo
domingo, diciembre 22, 2024

Siguenos en nuestras redes

InicioNoticiasNacionalesColegio de Abogados Anuncia Reinicio de Operaciones a Partir del Lunes
[adning id="705"]

Colegio de Abogados Anuncia Reinicio de Operaciones a Partir del Lunes

Rechaza Reunión Fraudulenta de Supuesto Consejo del CARD

Colegio de Abogados Dominicano iniciará sus actividades el próximo lunes

Santo Domingo, República Dominicana – El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) anunció hoy el reinicio de sus operaciones a partir del próximo lunes 5 de febrero de 2024, con el objetivo de satisfacer la demanda de servicios de los profesionales del derecho y del sistema de justicia en sentido general.

El presidente del CARD, Surun Hernández, tiene previsto reiniciar de inmediato el proceso de afiliación, carnetización, la organización de cursos, diplomados, maestrías, realización de juramentaciones de nuevos abogados y coordinar la entrega de carnets para que puedan ejercer el Derecho en la República Dominicana.

"No es justo que por la intención o decisión de sectores interesados afiliados al Gobierno, el gremio se mantenga cerrado afectando a la clase jurídica nacional y al sistema de justicia", denunció el gremialista.

Hernández explicó que el gremio tiene la responsabilidad de brindar servicios a más de 70 mil abogados en el país, por lo que el mismo debe ser abierto en la mayor brevedad posible, en cumplimiento de las leyes y de la Constitución de la República.

Rechazo a Reunión Fraudulenta

Surun Hernández, presidente del CARD, calificó como fraudulentas las actividades celebradas el pasado jueves 1 de febrero y recordó que el artículo 16 de la Ley 3-19 que rige al CARD establece de manera clara y precisa la inamovilidad del Presidente del Colegio de Abogados y de los demás directivos.

Explicó que el Consejo Nacional del CARD no tiene dentro de sus atribuciones la remoción o designación de ningún miembro de la Junta Directiva Nacional, y que dicha reunión no contaba con el quórum establecido.

Asimismo, destacó que el artículo 15 de la Ley del CARD de manera expresa consagra que el Presidente del CARD es quien convoca las reuniones del Consejo y que el mismo de manera indefectible estará compuesto y presidido por el Presidente Nacional y por la secretaria general.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.

-publicidad-[adning id="602"]
-publicidad-[adning id="701"]

Publicaciones relacionadas

-publicidad-[adning id="599"]