Santo Domingo.- Con hasta 20 años de prisión serán castigadas las personas que provoquen la muerte de una o más personas mediante el uso de vehículos de motor durante carreras no autorizadas, acrobacias (calibrado) o competencias ilegales en las vías públicas.
A esto se suma una multa que oscila entre 20 y 30 salarios mínimos del sector público.
De acuerdo con el artículo 113 del nuevo Código Penal, aprobado esta semana en el Congreso Nacional, en los casos en que no se registren fallecimientos pero sí mutilaciones o incapacidades permanentes, la ley impone penas de 5 a 10 años de prisión, además de multas de 10 a 20 salarios mínimos.