Tribunal Constitucional anula norma que daba al presidente poder para nombrar alcaldes

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Santo Domingo.-El Tribunal Constitucional acogió una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Primero Justicia (FPJ), representada por el abogado Miguel Surun Hernández, y declaró no conforme con la Constitución el párrafo I del artículo 64 de la Ley 176-07, que regula el Distrito Nacional y los municipios.

Este párrafo otorgaba al presidente de la República la facultad de designar un alcalde en caso de ausencia de vicealcalde, algo que, a juicio del Tribunal, contradice de forma directa la Carta Magna.

Según los argumentos presentados por la Fundación Primero Justicia, permitir que el presidente nombre un alcalde viola el principio de soberanía popular, pues la Constitución establece que los alcaldes deben ser elegidos mediante el voto directo del pueblo. Además, señalaron que esta disposición afecta la separación de poderes y atenta contra la autonomía municipal.

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